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Deberes de previsión

  Deberes de Previsión: (IVSS, Ley de Alimentación, Sindicatos de Trabajadores, LOPCYMAT, INCES, habitad y vivienda) Seguridad Social. LOTTT Artículo 17. Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo. Los trabajadores y trabajadoras sean o no dependientes de patrono o patrona, disfrutaran ese derecho y cumplirán con los deberes de la Seguridad Social conforme a esta Ley. El trabajo del hogar es una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social, de conformidad con la ley.

Obligaciones del Trabajador con el Patrono

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Derechos del Trabajador

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  El Trabajador. (Art. 39 LOT) “Se entiende por trabajador la persona natural que realiza una labor de cualquier clase, por cuenta ajena y bajo la dependencia de otra. La prestación de sus servicios debe ser remunerada.” Elementos para definirlo. Los elementos   o requisitos son:   Persona física, voluntariedad, retribución, trabajo prestado por cuenta ajena y dependencia. Base legal. Tiene su basamento en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Capítulo V, des el Art. 87 al Art. 97), Ley Orgánica del Trabajo, Ley Orgánica Procesal del Trabajo y Reglamento de la LOTTT.

Injerencia

  Injerencia y conexidad de las actividades. Artículo 56 LOT: “A los efectos de establecer la responsabilidad solidaria del dueño de la obra o beneficiario del servicio, se entiende por inherente, la obra que participa de la misma naturaleza de la actividad a que se dedica el contratante; y por conexa, la que está en relación intima y se produce con ocasión de ella. La responsabilidad del dueño de la obra o beneficiario del servicio se extiende hasta los trabajadores utilizados por subcontratistas, aun en el caso de que el contratista no esté autorizado para subcontratar; y los trabajadores referidos gozarán de los mismos beneficios que correspondan a los trabajadores empleados en la obra o servicio”

Contratistas

  Contratistas. Concepto. art. 55 LOT “No se considerará intermediario, y en consecuencia no comprometerá la responsabilidad laboral del beneficiario de la obra, el contratista, es decir, la persona natural o jurídica que mediante contrato se encargue de ejecutar obras o servicios con sus propios elementos. No será aplicable esta disposición al contratista cuya actividad sea inherente o conexa con la del beneficiario de la obra o servicio. Las obras o servicios ejecutados por con contratistas para empresas mineras y de hidrocarburos se presumirán inherentes o conexas con la actividad del patrono beneficiario.”

Intermediario

  Intermediario concepto. Intermediarios, art. 54 LOT: “A los efectos de esta Ley se entiende por intermediario la persona que en nombre propio y en beneficio de otra utilice los servicios de uno o más trabajadores. El intermediario será responsable de las obligaciones que a favor de esos trabajadores se derivan de la Ley y de los contratos; y el beneficiario responderá además, solidariamente con el intermediario, cuando le hubiere autorizado expresamente para ello o recibiere la obra ejecutada. Los trabajadores contratados por intermediarios disfrutaran de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores contratados directamente por el patrono beneficiario”.

Representantes del Patrono

  Representantes del patrono. Concepto. Representantes del Patrono (Art. 50 LOT): “A los efectos de esta Ley, se considera representante del patrono toda persona que en nombre y por cuenta de éste ejerza funciones jerárquicas de dirección o administración.”   Funciones. Además de pagar el salario y sus correspondientes labores de administración y dirección de la empresa, de acuerdo a los Artículos 43 y 44 eiusdem, el patrono tiene tres responsabilidades básicas: el responder por los accidentes laborales ocurridos en la entidad de trabajo, el mantener las condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado y el garantizar que existan expertos en salud, prevención y seguridad y sus recomendaciones sean escuchadas y adoptadas.